domingo, 20 de marzo de 2016

En audiencia realizada el 20 ENE 2016 Revocaron reparacion civil no se presento demanda indeminizatoria al interior del proceso penal

El Trbinal de Apelaciones de Huaura, RESOLVIO: 1. REVOCAR la Resolución Número Diez, de fecha 23 de Julio del 2015, mediante la cual se fijó como reparación civil el monto de CINCO MIL NUEVOS SOLES S/.5.000.00, a ser pagados solidariamente por los sentenciados William Víctor Rivera Cruz y Juvino Chávez Teodoro; REFORMÁNDOSE Se deja sin efecto la fijación de la reparación civil, fijada por el Juzgado Unipersonal de primera instancia. 2. SE ESTABLECE: Que no es posible emitir pronunciamiento sobre la acción civil en el presente proceso penal, dejando a salvo el derecho del agraviado para demandar en la vía civil solicitando las indemnizaciones a que haya lugar, demanda civil que puede ser dirigida no solo contra los acusados absueltos sino también contra la Asociación de Productores de Leche “La Villa”, directa beneficiaria de las plantaciones de chala de maíz. Aqui puede descargar la resolucion en su integridad: http://www.mediafire.com/download/i4ry4pet294pc74/Revoca_RC_y_estable_no_procede_aplicar_12.3_no_hubo_demanda_civil_fiscal_fue_absuelto.doc

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