La Sala Penal de Apelaciones de Huaura en mayoria revoco la condena de 35 años de pena privativa de la libertad que se imposo al acusado Pedro Pablo Nakada Ludeña y reformandolo le impusieron la medida de seguridad de 35 años de Internacion por haberse acreditado que cuando cometio los hechos graves de asesinatos y homicidiso sistematicos se econtraba con anomalia psiquia (esquizofrenia paronoide), disponiendo su internamiento en la Sala de Psiquiatria del Establecimiento Penitenciario de San Juan de Lurigancho.
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